domingo, 24 de noviembre de 2024

CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE EMPRESAS DEL SECTOR DE LA MAQUINARIA AGRÍCOLA

La Asociación Nacional deMaquinaria Agropecuaria, Forestal y de Espacios Verdes (ANSEMAT) trabaja adiario con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para clarificarla situación legal que permita a las empresas del sector seguir dando servicioa agricultores y ganaderos para garantizar la producción de alimentos.

Hoy se ha publicado en elBOE de la Orden INT/284/2020, de 25 de marzo, por la que se modifica laOrden INT/ 262/2020, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestiónde la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de tráficoy circulación de vehículos a motor.

Conformea lo establecido en el artículo 1.2, quedan excluidos de las restricciones decirculación, siguiendo las pautas establecidas por la legislación vigente, alos vehículos destinados a la producción, distribución, alquiler y reparaciónde equipos y maquinaria para la agricultura, la pesca, la ganadería, y suindustria asociada, lo que incluye la actividad realizada por fabricantesde máquinas y sus componentes, distribuidores y concesionarios, empresas dealquiler, y de reparación y mantenimiento de máquinas para la agricultura yganadería.

Se  ruega encarecidamente a todas las empresas seguir las medidas y protocolos deseguridad para eliminar el riesgo de contagio por COVID-19 durante eldesarrollo de todas sus actividades.

ANSEMATagradece a los profesionales del Ministerio de Agricultura, Pesca yAlimentación por su apoyo continuo al sector, y más aún en estos momentos, enlos que están trabajando sin descanso.

#EsteVirusLoParamosUnidos